Auto 019: La JEP atribuye responsabilidad por primera vez

Snapshot de Justicia Transicional #18

El 26 de enero de 2021, la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (SRVR) expidió el Auto 019 de 2021 a través del cual se determinan los hechos y conductas cometidas por los antiguos miembros del Secretariado de las extintas FARC-EP en su calidad de máximos responsables en el Caso 001. Este es el primer Auto de imputación que la JEP ha expedido desde lo corrido de su mandato. En él se evidencia entre otros elementos claves, la participación de las víctimas, la recolección y contrastación de información que permite empezar a establecer una verdad frente al modus operandi de las extintas FARC-EP en las conductas relativas al caso.

Este Snapshot presenta algunos de los puntos del Auto 019 que son esenciales para el avance en la construcción de paz, la reparación integral de las víctimas y la reconciliación en Colombia. 

Existencia de crímenes de lesa humanidad y de guerra

La SRVR ubica las conductas imputadas en el Caso 001 dentro de un escenario de derecho Penal Internacional, reconociendo la comisión de crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra por parte de las antiguas FARC-EP. A partir de ahí, decide el cambio de nombre del caso inicialmente abierto bajo el nombre de “Retención ilegal de personas por parte de las FARC-EP”, por el de “Toma de rehenes y otras privaciones graves de la libertad.” 

Para la SRVR, privar a las personas de su libertad, y condicionar su liberación, así como su bienestar, su integridad y su vida, fue un crimen de guerra. Adicionalmente, la sistematicidad y generalidad de las conductas permitió la identificación de crímenes de lesa humanidad. 

Este cambio, es fundamental porque enmarca las conductas cometidas en el marco del Derecho Internacional, asegurando que el estado Colombiano cumpla con sus obligaciones internacionales de investigar juzgar y sancionar a los máximos responsables de crímenes de guerra y lesa humanidad. 

Existencia de una política de “retenciones”

El ejercicio exhaustivo de contrastación de la información posibilitó la identificación de patrones de macrocriminalidad, tales como la existencia de políticas que las entonces FARC-EP denominaron “retenciones”, que tenían tres objetivos específicos: 1) la financiación de la organización armada 2) el canje de guerrilleros presos por miembros de la fuerza pública y 3) el control territorial en las regiones en que operaban. 

En el mismo sentido, la aplicación del principio dialógico entre las versiones de los comparecientes y las observaciones de las víctimas reveló la existencia de políticas de facto, que a pesar de no ser ordenadas por el Secretariado en sus Conferencias Nacionales Guerrilleras, sí constituyeron una práctica generalizada y sistemática en las regiones. 

Participación de las víctimas, eje central 

La JEP estableció un universo de víctimas de 21396, del cual 2456 fueron acreditadas. La participación de las víctimas se ha realizado a través de los relatos aportados en las solicitudes de acreditación, observaciones a la información aportada por los comparecientes y la presentación de informes por sus organizaciones representativas.

Durante las audiencias colectivas e individuales, los comparecientes han estado comprometidos con la entrega de información a las víctimas sobre la ubicación de sus seres queridos, los detalles de los hechos, el por qué de las conductas y sobre el reconocimiento parcial de conductas como violencia sexual, torturas, tratos crueles e inhumanos entre otros, que inicialmente fueron rotundamente negadas por las FARC-EP.

La aplicación del principio de centralidad de las víctimas ha permitido reconocer el efecto reparador que tienen estas etapas del proceso, que no se limita única y exclusivamente al establecimiento de la sanción. 

Avance contra la impunidad

Entender la estructura de las extintas FARC, el desarrollo de sus estrategias de guerra y la disparidad de algunas de sus prácticas insurgentes a nivel nacional y regional; ha dado cuenta de la necesidad de la JEP de investigar también la responsabilidad de mandos medios a nivel regional, lo que permitirá continuar con la construcción de verdad. 

El análisis y contrastación de diferentes fuentes de información, ha permitido que decenas de años en la búsqueda de justicia se concreten en el trabajo adelantado por la JEP. El establecimiento de patrones de macrocriminalidad ha permitido que las conductas mencionadas hayan sido imputadas a un responsable específico: los miembros del Secretariado de las antiguas FARC-EP, algunos de los cuales no tenían ninguna investigación por dichas conductas. 

Lo que se viene

De acuerdo con el Auto, el Secretariado de las antiguas FARC-EP cuenta con 30 días para el reconocimiento o no de responsabilidad. De reconocer su responsabilidad en los hechos y conductas imputadas, la JEP dará paso al establecimiento de sanciones propias. Estas deberán ser consultadas con las víctimas y deberán cumplir el efecto reparador en el marco del principio de centralidad de las víctimas. 

De no reconocerse la responsabilidad, el caso será remitido a la Unidad de Investigación y Acusación, quien deberá investigar las conductas. En este momento se aplicarán sanciones ordinarias que pueden ser de hasta 20 años de prisión. 

Rodeemos el Diálogo reconoce el enorme paso que la JEP ha dado en materia de verdad y justicia. Seguiremos haciendo seguimiento a los retos que representa el juzgamiento de máximos responsables como tribunal especial, la búsqueda de la verdad, el establecimiento de sanciones propias y la relación entre los desarrollos del Caso 001 y los otros casos regionales que se encuentran en la JEP.

La JEP y la reparación moral de la memoria de las víctimas de falsos positivos en el Catatumbo

Por medio de el Auto 125 del 2 de Julio de 2021 la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y Determinación de los Hechos y Conductas de la JEP presentó sus hallazgos frente al asesinato de 120 civiles y el intento de homicidio de otra persona, por parte de unidades militares adscritas a la Brigada 30, con base en Ocaña, Norte de Santander

La comunidad LGTBI en la JEP

El 14 de abril de 2021, la Sala de Reconocimiento De Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (SRVR) profirió el Auto 066 en el cual, por primera vez, se acreditaron como víctimas a cinco personas de la comunidad LGTBI. A través de esta decisión la SRVR estableció que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tiene competencia en los casos de persecución de la comunidad LGBTI por motivos discriminatorios relacionados con la orientación sexual o la identidad de género con ocasión o en desarrollo del conflicto armado.

Los firmantes de paz y el derecho a la protesta social no violenta

Como paso importante en el proceso de reincorporación a la vida política del país de los miembros de la antigua guerrilla FARC-EP está el ejercicio a hacer oposición y el derecho a la protesta pacífica. La participación de los firmantes de paz en el paro nacional es una muestra de la apertura democrática de espacios para la política, estipulados en el punto 2.2.2 (página 44) del acuerdo de paz.