La justicia ambiental en la JEP

Snapshot de Justicia Transicional #15


Entender las disputas por la tierra y los recursos naturales como base del conflicto colombiano es un paso fundamental tanto para reconocer la justicia ambiental como un componente del proceso de construcción de la paz, como para tomar medidas que garanticen la no repetición. La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) está adoptando un innovador enfoque racial, étnico y territorial para la inclusión del medio ambiente en el proceso de justicia transicional. Este enfoque reconoce la importancia de la relación establecida por las comunidades afrocolombianas, indígenas y campesinas con sus territorios, e investiga la degradación de los recursos naturales locales como una violación de los derechos colectivos de las comunidades. Tres de los macrocasos actualmente abiertos investigan los daños causados al medio ambiente en el contexto del conflicto armado: los casos 002, 004 y 005. Además, la JEP ha establecido una “Comisión Territorial y Ambiental” para investigar los vínculos entre el conflicto y la degradación ambiental y al mismo tiempo promover una reflexión de enfoque territorial y ambiental en los diversos órganos de la JEP. 

Antecedentes 

En una declaración de prensa dada el 5 de octubre de 2019, Giovanni Alvarez Santoyo, director de la UIA (Unidad de Investigación y Acusación), declaró que la JEP está comprometida con reconocer al medio ambiente como una “víctima silenciosa del conflicto”. En efecto, el conflicto armado ha dejado marcas significativas en el paisaje colombiano, alterando los sistemas socioecológicos locales, despojando a las comunidades del acceso a los recursos naturales y contribuyendo a la degradación de la tierra, los ríos y los bosques. Los grupos guerrilleros han desempeñado un papel en el bloqueo de la expansión de los proyectos extractivos en zonas del país como el Amazonas y el Putumayo. Sin embargo, al mismo tiempo, la necesidad de financiar las acciones militares dio lugar a la insostenible explotación y degradación de los recursos naturales. La minería ilegal, las plantaciones de coca y otras actividades extractivas que causan una grave contaminación, deforestación y degradación del suelo, representaron una importante fuente de ingresos para los actores involucrados en el conflicto. Ataques selectivos también han causado daños ambientales masivos, como los realizados por grupos armados contra los oleoductos de Ecopetrol y otras empresas, derramando millones de litros de petróleo. Además, la práctica de la fumigación aérea para erradicar las plantaciones de coca que lleva a cabo el Gobierno ha tenido graves repercusiones en el suelo, los cultivos y la biodiversidad de las zonas fumigadas.

Caso 002 

El caso 002, abierto en julio de 2018, tiene como objetivo comprender la historia del conflicto en los municipios de Ricaurte, Tumaco y Barbacoas, en el departamento de Nariño. En particular, se centra en los territorios indígenas de las comunidades Awà y Eperara Siapiadaara y en los territorios bajo la jurisdicción de los Consejos Comunitarios Afrocolombianos locales. Los daños socio-ambientales y territoriales causados por el conflicto, aproximadamente entre el 1 de enero de 1990 y el 1 de diciembre de 2016, se encuentran entre los acontecimientos que se están investigando. En este caso por primera vez se reconocen como víctimas del conflicto a los propios territorios étnicos, en particular, al “Katsa Su” de las comunidades Awà, 27 territorios indígenas y 5 territorios afrocolombianos. Para los Awà, el “Katsa su” representa la patria, un territorio vivo, y la fuente del “buen vivir”. Su inclusión entre las víctimas del conflicto representa un reconocimiento del principio constitucional del pluralismo jurídico y un avance en relación con el capítulo étnico del acuerdo de paz. El trabajo de la magistrada indígena Belkis Izquierdo, del pueblo Ikju Arhuaco, ha sido de fundamental importancia en esta investigación y, en una entrevista en febrero de 2020 declaró: “La concepción de los pueblos étnicos es que el territorio es inseparable de las personas. Queremos fortalecer una línea de pensamiento que nos permita entender que todos los seres vivos, no solo los seres humanos, tienen la posibilidad de existir”. 

Justicia ambiental

Ha habido muchos avances importantes en relación con la justicia ambiental en el caso 002. No obstante, la JEP enfrenta desafíos tanto para la inclusión efectiva de los derechos ambientales en el proceso de justicia transicional, como para garantizar la verdad, reparación y no repetición en relación con los daños ambientales. Los delitos ambientales contenidos en el Código Penal colombiano, como el daño en los recursos naturales locales y la contaminación ambiental por explotación de yacimiento minero o hidrocarburo, no se mencionan explícitamente en el marco normativo de la paz y no está claro si el enjuiciamiento de esos delitos será competencia de la JEP. A pesar de estos desafíos, los acontecimientos relacionados con los daños ambientales están siendo investigados por declaraciones hechas ante la JEP por los actores del conflicto armado, en particular dentro de los macrocasos citados anteriormente. La magistrada Izquierdo sostiene que el derecho a la reparación de las comunidades étnicas cuyos territorios han sido afectados por el conflicto podría garantizarse proponiendo vías alternas de reparación como la reforestación, la remoción de minas terrestres y otras intervenciones diseñadas con la colaboración de las comunidades étnicas.


Rodeemos el Diálogo celebra los esfuerzos realizados por la JEP para reconocer al medio ambiente como víctima del conflicto y para contemplar la justicia ambiental como un componente fundamental del proceso de justicia transicional.